- Ley
- LEY Sobre el Contrato de Seguro
- Artículo
- 204
Artículo 204 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas de esta ley son obligatorias y no se pueden evitar, a menos que la misma ley diga claramente que sí está permitido hacer un acuerdo diferente. En otras palabras, si la ley no te da permiso de cambiarla, tienes que cumplirla tal cual está escrita. No puedes ponerte de acuerdo con alguien para hacer algo distinto a lo que manda la ley, a no ser que ella misma te autorice a hacerlo.
Texto oficial
Artículo 204.- Todas las disposiciones de la presente ley tendrán el carácter de imperativas, a no ser que admitan expresamente el pacto en contrario. Artículo recorrido (antes artículo 193) DOF 04-04-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.