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Artículo 36 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 36 dice que, si hay duda sobre cuándo se debe pagar una prima de seguro después de la primera, se considera que se paga al inicio del período y no al final. Por ejemplo, si tu seguro es por un año y tienes que pagar cada mes, se entiende que el pago de cada mes vence el primer día de ese mes, no el último. Esto aplica solo después del primer pago que hiciste al contratar el seguro. En resumen, las siguientes primas se deben desde que empieza el período, no cuando termina.

Texto oficial

Artículo 36.- En caso de duda, las primas ulteriores a la del primer período del seguro se entenderán vencidas al comienzo y no al fin de cada nuevo período.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.