Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/211/62
Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
62

Artículo 62 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si tú, como asegurado, no pagaste las primas correctas desde un principio, todavía puedes conservar tu seguro. Para eso, solo necesitas pagarle a la aseguradora la diferencia de lo que debes, calculada con la tarifa que corresponde. Es como cuando te equivocas al pagar algo y después arreglas el error completando el monto, el contrato sigue vigente.

Texto oficial

Artículo 62.- En el caso del artículo anterior, el contrato subsistirá también si el asegurado paga a la empresa aseguradora las primas mayores que eventualmente le deba conforme a la tarifa respectiva. Fe de erratas al artículo DOF 13-09-1935

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 62 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro, explicado | Precedente Legal