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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
105

Artículo 105 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si has estado trabajando sin parar por 25 años y te ganaste los reconocimientos del artículo anterior, tienes derecho a la Condecoración de Constancia para la Marinería. Esa medalla va a tener la misma forma y tamaño que la Cruz de tercera clase para Oficiales, pero va a ser de bronce con un acabado oscuro. La cinta para colgarla será del mismo color, tipo y tamaño que la de los Oficiales, y se usará igual que ellos.

Texto oficial

Artículo 105.- Los individuos de referencia que tuvieren sin interrupción veinticinco años de servicios y hayan obtenido los distintivos de que trata el artículo anterior, se harán acreedores a la Condecoración de Constancia para la Marinería, que será enteramente igual en la forma y dimensiones a la Cruz de tercera para Oficiales, pero de bronce con pátina obscura. La cinta de suspensión será de los mismos colores, clase y dimensiones que para los Oficiales, y se usará de la misma manera que se ha dicho para éstos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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