- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1063
Artículo 1063 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cualquier persona que tenga un puesto de mando en el ejército debe encargarse de dar una buena educación militar a su personal. También tiene que asegurarse de que todos sigan al pie de la letra las reglas sobre cómo tratar a los demás, porque eso es parte de la disciplina y la obediencia que se deben en el servicio.
Texto oficial
Artículo 1,063.- Corresponderá a cualquiera que tenga mando establecer la educación militar de una manera sólida, y vigilar que lo prescrito sobre tratamientos se observe como un deber de subordinación y disciplina.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.