Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1128
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1128

Artículo 1128 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1,128 fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, según el Diario Oficial de la Federación. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal ni se puede aplicar. En pocas palabras, esa regla ya no existe y no debes preocuparte por ella. Lo único que dice es que fue quitada, así que no hay nada que entender o seguir.

Texto oficial

Artículo 1,128.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 133) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.