- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1145
Artículo 1145 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un barco mexicano está en un puerto de otro país, o en un puerto mexicano pero con barcos extranjeros cerca, primero se toca el Himno Nacional Mexicano completo. Luego, se toca el himno completo del país dueño del puerto donde está el barco. Después, se tocan los himnos de los países de los barcos extranjeros que estén presentes, en orden de acuerdo a la importancia de sus banderas o de sus capitanes. Esto aplica tanto si el barco mexicano está en puerto extranjero como si está en puerto nacional pero con otros barcos de fuera cerca.
Texto oficial
Artículo 1,145.- Si un buque nacional se encuentra en puerto extranjero o en puerto nacional, pero en presencia de buques extranjeros, después de la introducción o Himno Nacional completo, se tocará la introducción o himno completo de la nación en cuyo puerto se halle y en seguida los de las naciones a que pertenezcan los buques extranjeros presentes, y en el orden de la preeminencia de sus insignias o Jefes respectivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.