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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1145

Artículo 1145 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco mexicano está en un puerto de otro país, o en un puerto mexicano pero con barcos extranjeros cerca, primero se toca el Himno Nacional Mexicano completo. Luego, se toca el himno completo del país dueño del puerto donde está el barco. Después, se tocan los himnos de los países de los barcos extranjeros que estén presentes, en orden de acuerdo a la importancia de sus banderas o de sus capitanes. Esto aplica tanto si el barco mexicano está en puerto extranjero como si está en puerto nacional pero con otros barcos de fuera cerca.

Texto oficial

Artículo 1,145.- Si un buque nacional se encuentra en puerto extranjero o en puerto nacional, pero en presencia de buques extranjeros, después de la introducción o Himno Nacional completo, se tocará la introducción o himno completo de la nación en cuyo puerto se halle y en seguida los de las naciones a que pertenezcan los buques extranjeros presentes, y en el orden de la preeminencia de sus insignias o Jefes respectivos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 135) ↗

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