Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1151
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1151
Artículo 1151 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 1,151 fue eliminado del código desde octubre del año 2000, así que ya no está vigente. "Derogado" significa que esta regla ya no tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no aplica. En la práctica, es como si esa parte de la ley nunca hubiera existido para los casos actuales.
Texto oficial
Artículo 1,151.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000
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