- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1167
Artículo 1167 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un barco de guerra de otro país llega a un puerto mexicano, la autoridad de Marina o del Ejército debe mandar a un oficial a darle la bienvenida. Esto se hace después de que los de salud revisen que todo esté bien a bordo. El oficial tiene que hacer los saludos formales que se acostumbran, ya sea yendo él a visitar el barco o esperando que el capitán extranjero lo visite primero. No importa si en ese momento hay o no barcos de guerra mexicanos en el puerto.
Texto oficial
Artículo 1,167.- En los puertos nacionales que fuesen visitados por buques de guerra extranjeros, haya o no surtos en ellos buque o buques de guerra mexicanos, la autoridad de Marina respectiva o la Militar, en su caso, hará practicar por un Oficial de su Estado Mayor la visita de bienvenida, después de que se haya hecho la de sanidad, y cambiará en seguida las cortesías de estilo, haciendo o esperando la visita personal que corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.