- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1189
Artículo 1189 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que ningún saludo con cañonazos puede tener más de 21 disparos, a menos que sea por una visita oficial de otro país y no haya otra opción. Además, no se pueden hacer salvas (disparos de ceremonia) antes de que salga el sol ni después de que se ponga, excepto las que se hacen el día de la Independencia de México.
Texto oficial
Artículo 1,189.- Ningún saludo al cañón excederá de veintiún disparos, salvo el caso de fuerza mayor de visitas oficiales extranjeras. Tampoco se verificará salva alguna antes de la salida del sol, ni después de su puesta; con excepción de las que deban hacerse por el aniversario de la independencia patria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.