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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1193

Artículo 1193 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los torpederos (un tipo de barco militar rápido) no tienen que hacer el saludo de cortesía a otros barcos. Si algún barco de la Armada no puede saludar por alguna razón, otro barco de la Armada, elegido por el oficial de mayor rango que esté ahí, lo hará en su lugar.

Texto oficial

Artículo 1,193.- Los torpederos están exentos de saludar, y cuando cualquier buque de la Armada, imposibilitado para hacerlo por alguna causa, se vea en imprescindible necesidad de ello, lo substituirá en esta obligación otro buque de la Armada que designará el Jefe más antiguo presente.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 141) ↗

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