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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1208
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1208

Artículo 1208 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos barcos de guerra, uno mexicano y otro extranjero, se cruzan en el mar o cerca de la costa, el que tenga al mando a un oficial de menor rango debe saludar primero al que tiene al oficial de más alto rango. Además, si un barco va solo y se encuentra con un grupo de barcos, el barco solo es el que debe iniciar el saludo. Esto aplica tanto en altamar como en aguas mexicanas.

Texto oficial

Artículo 1,208.- Si en altamar o en aguas territoriales se encuentran al paso buques de guerra extranjeros y nacionales, se observará la siguiente regla respecto al saludo: el buque que arbole la insignia superior de mando será saludado por el que la lleve inferior. Cualquier buque suelto saludará primero a una reunión de buques.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 142) ↗

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