Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1209
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1209
Artículo 1209 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Un barco de guerra de México no puede bajar sus velas ni su bandera para saludar a un barco de otro país, a menos que ese barco extranjero lo haga primero.
Texto oficial
Artículo 1,209.- Ningún buque de guerra mexicano saludará a otro extranjero arriando sus sobres y juanetes, o su bandera, salvo el caso en que éste lo hiciese primero.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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