- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1226
Artículo 1226 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los oficiales de alto rango de la Marina, como almirantes o generales, deben poner una bandera especial en el barco donde viajen, aunque no lleven uniforme, para que todos sepan que están al mando. Los capitanes de un barco solo pueden izar una bandera llamada gallardete cuando estén vestidos con su uniforme oficial. Usar estas banderas o insignias es obligatorio solo cuando se trata de asuntos de trabajo o de gobierno, no en momentos personales.
Texto oficial
Artículo 1,226.- Los Oficiales Generales con mando, aun cuando no porten uniforme, usarán en la embarcación que los conduzca, la insignia o bandera distintiva correspondiente a su mando. Los Comandantes de un buque arbolarán el gallardete, sólo cuando vistan de uniforme. El uso de insignias es obligatorio en asuntos de carácter oficial.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.