Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1227
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1227
Artículo 1227 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez legal. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque ya no cuenta.
Texto oficial
Artículo 1,227.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000
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