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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1227
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1227

Artículo 1227 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000, así que ya no existe ni se aplica. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez legal. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque ya no cuenta.

Texto oficial

Artículo 1,227.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 144) ↗

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