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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1228

Artículo 1228 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes y oficiales de la marina que tengan la tarea de ir a visitar barcos de otros países, o hacer otros actos oficiales parecidos, en representación de un mando superior, deben poner en su lancha la bandera nacional especial de mando. Esa bandera se llama "gallardete" y sirve para mostrar que llevan un encargo oficial.

Texto oficial

Artículo 1,228.- Los Jefes y Oficiales comisionados para representar a un Oficial General o Comandante en las visitas a los buques extranjeros, o en actos análogos de carácter oficial, usarán en la embarcación que los conduzca el gallardete nacional de mando.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 144) ↗

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