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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1229
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1229

Artículo 1229 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que se eliminó oficialmente desde el 19 de octubre del año 2000, así que ya no aplica ni tiene validez para ningún trámite o situación. En pocas palabras, olvídate de esa regla porque ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 1,229.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 144) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.