Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1288
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1288

Artículo 1288 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 19 de octubre del año 2000. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Por lo tanto, no hay que preocuparse por él.

Texto oficial

Artículo 1,288.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 148) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.