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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1296
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1296

Artículo 1296 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 19 de octubre del año 2000, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Básicamente, ya no existe y no aplica para nada en la práctica. Los Ministros Residentes a los que se refería ya no tienen validez jurídica.

Texto oficial

Artículo 1,296.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-10-2000 Ministros Residentes

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 149) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.