- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1353
Artículo 1353 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien muere y se pone la bandera a media asta, se debe hacer sonar una marcha de honor al mismo tiempo. Después, para volver a subir la bandera hasta lo alto, se tiene que hacer exactamente igual: con la misma música y haciéndolo despacio. Esto es como una forma de mostrar respeto por la persona que falleció.
Texto oficial
Artículo 1,353.- Siempre que con motivo de un fallecimiento, se arríe la bandera a media asta, se verificará el acto tocándose marcha de honor, y se izará con la misma ceremonia y la debida lentitud.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.