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Artículo 137 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las medallas y premios que se mencionan en ciertas partes de esta ley las manda hacer el gobierno con dinero del presupuesto nacional (el Erario). Para entregarlas se tienen que cumplir los pasos y trámites que ya están marcados en otras leyes.

Texto oficial

Artículo 137.- Todas las Condecoraciones a que se refieren los Títulos VIII y IX de este Tratado, se mandarán construir por cuenta del Erario Nacional y se impondrán con los requisitos y formalidades que previenen las leyes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.