Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1378
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1378

Artículo 1378 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1,378 ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 14 de enero de 1985, así que no tiene ningún efecto legal hoy en día. En términos sencillos, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha. No necesitas preocuparte por él porque ya no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 1,378.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 155) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.