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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1388
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1388

Artículo 1388 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley el 14 de enero de 1985. "Derogar" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, ya no existe ninguna regla en este punto. Si necesitas saber qué dice la ley hoy, tienes que buscar otro artículo. Es como si este artículo hubiera sido borrado del libro de leyes.

Texto oficial

Artículo 1,388.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-01-1985

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 156) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.