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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
139

Artículo 139 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 139 dice que los oficiales del ejército, como generales, jefes y demás rangos, no deben usar sus medallas, cruces, condecoraciones o placas originales cuando vistan el uniforme de paño (el de gala o ceremonia). En lugar de eso, solo pueden llevar una cinta o cordón de 15 milímetros de largo, que tenga los mismos colores y ancho que la condecoración que representan. Esa cinta o cordón se coloca en el lado izquierdo del pecho, justo donde iría la medalla real.

Texto oficial

Artículo 139.- Los Oficiales Generales, Jefes y Oficiales, no usarán en el medio uniforme de paño, cruces, condecoraciones ni placas, llevando en él solamente una cinta o cordón de quince milímetros de longitud, igual en color o colores y anchura a las destinadas para cada una de aquéllas. Dichas cintas o cordones se colocarán al costado izquierdo del pecho, a la altura que a las condecoraciones correspondiere.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 30) ↗

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