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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
141

Artículo 141 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres parte de la Armada y ya te dieron un diploma que te da derecho a recibir una condecoración, tienes que ir al lugar que indique la orden oficial. Además, debes llevar tu uniforme de gala puesto para que te entreguen la medalla o reconocimiento.

Texto oficial

Artículo 141.- Los individuos de la Armada que hubiesen obtenido el diploma que les acredite con derecho a una condecoración, se presentarán en el lugar señalado por la orden respectiva, para que les sea impuesta, portando uniforme de gala.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.