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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1469
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1469

Artículo 1469 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un marinero o trabajador del mar pide que lo suspendan de un barco, se tiene que revisar por qué pidió la suspensión. También hay que checar si todo se hizo con los trámites correctos y si anotaron todo en su libreta personal y en el libro principal del barco. Es como cuando pides un permiso en el trabajo y deben verificar que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 1,469.- Se hará cargo del motivo que haya dado lugar a la suspensión de las Clases y Marinería, investigando si se ha procedido con las formalidades prescritas, y si se han hecho las anotaciones correspondientes en las libretas y libro matriz.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 164) ↗

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