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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1483
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1483

Artículo 1483 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que un inspector va a revisar si las compras, el consumo o las exclusiones de ciertos productos se hicieron con el permiso de la autoridad correcta y siguiendo los pasos que marca la ley. Si durante la revisión se topa con cosas que no cumplen con lo que pide el reglamento, el inspector va a ordenar que se proponga sacarlas o excluirlas. En palabras más claras: si alguien compró o usó algo sin permiso o sin seguir las reglas, o si algún producto no está en orden, se debe iniciar un proceso para retirarlo.

Texto oficial

Artículo 1,483.- Investigará si en las adquisiciones, consumos y exclusiones, se ha procedido con la autorización competente y formalidades de Ordenanza. Si durante la inspección encontrare efectos que no reúnan las condiciones de Reglamento, dispondrá se proponga su exclusión.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 166) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.