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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1562

Artículo 1562 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el jefe de la Escuadra de la Marina muere o deja el cargo por cualquier razón, y el gobierno no ha nombrado a quién lo reemplace, el oficial de mayor rango que esté inmediatamente debajo de él tomará el mando. Ese nuevo jefe tendrá todos los poderes del cargo mientras la Secretaría de Marina decide qué hacer. Si hay dos o más oficiales del mismo rango o con la misma antigüedad, se aplicarán las reglas generales para decidir quién manda.

Texto oficial

Artículo 1,562.- En caso de fallecimiento o cuando por cualquiera causa deje el mando de la Escuadra, sin que el Gobierno le haya nombrado sucesor, se encargará de aquél el Oficial General de la Escuadra de categoría inmediata inferior, asumiendo el cargo con todos sus poderes mientras resuelve la Secretaría del ramo; y se observará lo preceptuado en general para la sucesión de mando, cuando se encuentren dos o más Oficiales Generales o Jefes de igual jerarquía o antigüedad.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 176) ↗

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