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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1580

Artículo 1580 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En tiempos de guerra, cuando la flota de barcos de guerra (la Escuadra) esté lista para salir al mar, el comandante debe dar órdenes por escrito a los capitanes de cada barco. En esas órdenes tiene que explicar todo lo necesario para que la misión salga bien, como las instrucciones para pelear, las señales secretas y cualquier otro detalle importante. Así, cada capitán entiende bien lo que tiene que hacer y sabe exactamente cómo actuar en el combate o en cualquier situación inesperada que surja durante la campaña.

Texto oficial

Artículo 1,580.- Siempre que en tiempo de guerra la Escuadra se prepare a zarpar, remitirá sus órdenes por escrito a los Comandantes de los buques que la formen, en las que expresará detalladamente cuanto juzgue necesario para el buen éxito de la empresa, incluyendo las instrucciones de combate, señales secretas y cuantas disposiciones se relacionen con el caso, para que enterado cada uno del espíritu de dichas órdenes e instrucciones, sepa sin vacilar la manera con que van a utilizarse sus servicios en la acción o en cualquiera emergencia que durante la campaña pudiere surgir.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 178) ↗

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