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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1593
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1593

Artículo 1593 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los soldados deben tratar con respeto y amabilidad a los diplomáticos mexicanos (embajadores y cónsules), y tomar en serio cualquier información que les den si ayuda al país. Pueden ser corteses con ellos, pero no deben obedecer órdenes que vengan directo de esos funcionarios. Solo harán caso si la orden está escrita y firmada por la Secretaría de Guerra y Marina (la dependencia que controla al Ejército). En pocas palabras: respeto y atención a los diplomáticos, pero sin dejarse mandar por ellos.

Texto oficial

Artículo 1,593.- Procurará sostener buenas y cordiales relaciones con los funcionarios diplomáticos y consulares de la República, y dará la debida importancia a las noticias que puedan suministrarle y que redunden en bien de la Nación, mostrándoles cortesía, pero sin recibir de ellos orden alguna para su acatamiento, a no ser transcripción comprobada de alguna que emane de la Secretaría de Guerra y Marina.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 180) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.