- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1598
Artículo 1598 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la palabra clave o clave secreta que se usa para identificar a los barcos debe darse a los comandantes de esos barcos a través del jefe de su Estado Mayor, que es el encargado de organizar las comunicaciones. En palabras simples, la orden para las señales y contraseñas no se da directamente al capitán del barco, sino a su segundo al mando. Así se asegura que la información llegue de manera controlada y segura.
Texto oficial
Artículo 1,598.- Deberá pasar a los Comandantes de los buques, por conducto del Jefe de su Estado Mayor, la palabra de orden para la seña y contraseña.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.