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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1632
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1632

Artículo 1632 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un nuevo Comandante en Jefe empiece su trabajo, el que salga debe pasarle toda la información importante y todos los papeles que necesite para tomar buenas decisiones. Esto incluye cualquier documento o dato que tenga que ver con las tareas del servicio. Así, el que llega puede hacer bien su chamba desde el principio, sin perderse nada.

Texto oficial

Artículo 1,632.- Dará al Comandante en Jefe entrante todos los datos que fueren de interés, y los documentos necesarios para que pueda resolver acertadamente los asuntos del servicio.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 184) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.