- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1635
Artículo 1635 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un jefe termine su trabajo, tiene que avisar a la Secretaría correspondiente cuál fue el último oficio (documento oficial) que le mandaron, anotando su número y fecha. Esto es para que, si algunos papeles se perdieron, puedan enviarle copias de los que hagan falta. En palabras sencillas, es como cuando sales de un trabajo y dejas un registro de los documentos importantes que te llegaron, por si se extravían. Así se aseguran de que no se pierda información clave.
Texto oficial
Artículo 1,635.- El mismo Jefe, al terminar su encargo, deberá remitir a la Secretaría del ramo, aviso del número y fecha del último oficio que se le haya dirigido, para que se envíen copias de los que pudieren haberse extraviado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.