- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1634
Artículo 1634 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un jefe temporal de la Escuadra deja el cargo, tiene que pasarle a quien llegue en su lugar todo el archivo y los papeles que haya trabajado. También debe contarle todas las cosas importantes que hayan pasado durante su tiempo al mando. Básicamente, es como dejarle el puesto bien explicado a la siguiente persona.
Texto oficial
Artículo 1,634.- El Jefe accidental de la Escuadra entregará al que lo substituya, el archivo de la misma y todo lo que hubiere despachado en el tiempo de su desempeño, noticiándole al mismo tiempo, cuantas ocurrencias notables hayan acontecido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.