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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1634

Artículo 1634 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un jefe temporal de la Escuadra deja el cargo, tiene que pasarle a quien llegue en su lugar todo el archivo y los papeles que haya trabajado. También debe contarle todas las cosas importantes que hayan pasado durante su tiempo al mando. Básicamente, es como dejarle el puesto bien explicado a la siguiente persona.

Texto oficial

Artículo 1,634.- El Jefe accidental de la Escuadra entregará al que lo substituya, el archivo de la misma y todo lo que hubiere despachado en el tiempo de su desempeño, noticiándole al mismo tiempo, cuantas ocurrencias notables hayan acontecido.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 184) ↗

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