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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1642
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1642

Artículo 1642 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tengas un barco, tienes que usar señales para dar cualquier orden, como maniobrar, hacer ejercicios o demostraciones. Esto aplica a todo lo que se haga por fuera del buque, no adentro. Las señales son necesarias para que todo mundo entienda qué hacer sin confusión. Así evitas accidentes y mantienes el control. Es obligatorio, no es opcional.

Texto oficial

Artículo 1,642.- Será de su obligación hacer que toda maniobra, ejercicio o demostración exterior, en sus buques, se ordene por medio de señales.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 185) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.