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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
166

Artículo 166 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 166: Si estás en un barco, debes hacerte bien pendejo: no hables mientras hacen maniobras, pon atención a los silbidos del mero mero y nunca te pongas a jugar o hacer desmadre. Si eres parte de la tripulación de un bote, tienes que obedecer al que maneja la lancha y no te bajes sin que él te dé permiso. Además, te toca tu parte de la culpa si el bote se daña.

Texto oficial

Artículo 166.- Deberá guardar silencio en las maniobras, atender a las pitadas del contramaestre y no zalomar por ningún motivo. Si formare parte de la dotación de un bote, obedecerá al Patrón de la embarcación, y no saldrá de ella sin su permiso, teniendo la parte correspondiente de responsabilidad en las averías que sufra el bote.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 33) ↗

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