- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1663
Artículo 1663 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el jefe máximo de la Flota (el Comandante en Jefe) junta a los jefes de los barcos o grupos para hablar sobre planes de batalla o maniobras, el Jefe de Estado Mayor (su mano derecha) actúa como secretario. Su labor es dar información sobre temas de dinero y papeles de la Flota, y también escribir un reporte secreto con lo que se acordó en esa reunión.
Texto oficial
Artículo 1,663.- Cuando el Comandante en Jefe reúna a los de Escuadra, División o Grupo, para tratar proyectos relativos a las operaciones de la Escuadra, el Jefe de Estado Mayor servirá de Secretario, proporcionando los datos relativos al orden económico y administrativo de ella, y redactando una acta reservada de lo acordado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.