- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1723
Artículo 1723 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay disturbios o desórdenes graves contra el gobierno federal, la autoridad civil le pasa el mando al militar de mayor rango que esté en la zona. Ese militar se encarga de tomar las decisiones necesarias para controlar la situación. Si hay otro militar de más alto rango, él será quien dirija todo. En pocas palabras, en casos de emergencia grave, los militares toman el control del lugar.
Texto oficial
Artículo 1,723.- Si llegare a trastornarse el orden público contra la Federación, se pondrá a disposición del Jefe Militar superior que mande la plaza, para obrar como corresponda en las disposiciones que se dicten; y si fuere de mayor categoría, dirigirá las operaciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.