- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1741
Artículo 1741 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Mayor de Órdenes es la persona que se encarga de cumplir las instrucciones del jefe máximo de la Marina en una zona marítima. También está a su cargo mandar a los jefes y oficiales técnicos, así como a los ayudantes que forman parte del equipo de ese mando.
Texto oficial
Artículo 1,741.- El Mayor de Ordenes será el encargado de ejecutar las órdenes del Comandante General del Departamento Marítimo, y tendrá bajo su mando a los Jefes y Oficiales de los Cuerpos Técnicos y a los Ayudantes que correspondan al Estado Mayor del mismo.
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