- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1747
Artículo 1747 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla de que un funcionario tiene que recibir todos los documentos y órdenes que le lleguen, y también los que él mismo mande relacionadas con su trabajo. Debe ordenarlos y guardarlos bien, como en un archivo, para que no se pierdan o se hagan un desorden. Es como cuando tú recibes papeles importantes en tu casa y los pones en una carpeta para no perderlos. Así se asegura que todo esté en orden y se pueda encontrar fácil después.
Texto oficial
Artículo 1,747.- Tramitará las órdenes y documentos que sean dirigidos al mismo, cuidando de su clasificación y archivo, y lo mismo hará con los que se relacionen al servicio y sean remitidos por este funcionario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.