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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1747
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1747

Artículo 1747 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla de que un funcionario tiene que recibir todos los documentos y órdenes que le lleguen, y también los que él mismo mande relacionadas con su trabajo. Debe ordenarlos y guardarlos bien, como en un archivo, para que no se pierdan o se hagan un desorden. Es como cuando tú recibes papeles importantes en tu casa y los pones en una carpeta para no perderlos. Así se asegura que todo esté en orden y se pueda encontrar fácil después.

Texto oficial

Artículo 1,747.- Tramitará las órdenes y documentos que sean dirigidos al mismo, cuidando de su clasificación y archivo, y lo mismo hará con los que se relacionen al servicio y sean remitidos por este funcionario.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 194) ↗

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