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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1746
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1746

Artículo 1746 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tu trabajo es revisar los pedidos que hagan las oficinas de Marina, ponerles las anotaciones necesarias y luego llevarlos para que los firme tu jefe directo.

Texto oficial

Artículo 1,746.- Revisará los pedidos que se hagan por las dependencias de Marina, poniéndoles las anotaciones respectivas para presentarlos a la firma de su inmediato superior.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 194) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.