Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1746
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1746
Artículo 1746 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Tu trabajo es revisar los pedidos que hagan las oficinas de Marina, ponerles las anotaciones necesarias y luego llevarlos para que los firme tu jefe directo.
Texto oficial
Artículo 1,746.- Revisará los pedidos que se hagan por las dependencias de Marina, poniéndoles las anotaciones respectivas para presentarlos a la firma de su inmediato superior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.