Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1790
- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1790
Artículo 1790 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
En la guerra, cuando se pueda hacer sin peligro, no se debe usar siempre a los parlamentos, que son mensajeros para hablar de tregua o rendición. Solo se deben enviar cuando realmente se necesite. Esto es para evitar confusiones o riesgos innecesarios para ellos.
Texto oficial
Artículo 1,790.- En cuanto lo permitan las operaciones de la guerra, se evitará el uso frecuente de los parlamentarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.