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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1791
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1791

Artículo 1791 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un barco lleva a personas que van a hablar con el enemigo, como para negociar o rendirse, debe izar una bandera blanca en la parte de adelante y la bandera de México en la parte de atrás. La bandera blanca es la señal universal que indica que van en son de paz y que no se les debe atacar. Así todos saben que no es un ataque, sino una misión de diálogo.

Texto oficial

Artículo 1,791.- La embarcación que se envíe con parlamentarios al enemigo, largará siempre una bandera blanca a proa y la nacional a popa.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 199) ↗

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