- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1793
Artículo 1793 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando veas una bandera blanca en una guerra, eso no significa que los ataques tengan que detenerse automáticamente. La persona que llega a negociar con esa bandera, llamada parlamentario, y quienes la acompañan, van por su cuenta y riesgo. Si alguien del grupo resulta herido o muerto durante el combate, no hay derecho a reclamar ni quejarse por lo ocurrido. En corto, la bandera de parlamento no es un seguro de vida ni un alto al fuego garantizado.
Texto oficial
Artículo 1,793.- La bandera de parlamento, no obligará a cesar el fuego en combate o bombardeo; y si alguno de los individuos que acompañan al parlamentario, o éste mismo, fuere herido o muerto, no dará el hecho motivo a queja.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.