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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
182

Artículo 182 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El centinela (el que vigila) solo debe recibir órdenes a través del Cabo de cuarto (el encargado de pasar los mensajes). Pero si el Comandante de la guardia le da una orden directa, el centinela tiene que obedecerla. Si el comandante le pide que guarde silencio sobre esa orden, el centinela también debe hacerlo.

Texto oficial

Artículo 182.- El centinela recibirá todas las órdenes por conducto del Cabo de cuarto; pero si el Comandante de la guardia le diere directamente alguna, la obedecerá, reservándola, si así lo ordenare éste. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 35 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 34) ↗

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