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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1849
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1849

Artículo 1849 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando varios barcos salen juntos del puerto o se encuentran navegando, deben seguir viajando en grupo todo lo que puedan, siempre que sus destinos no sean muy diferentes. Esto se hace para que el viaje sea más seguro y tenga más probabilidades de éxito para todos. La idea es ir juntos y apoyarse mientras sea posible, aunque luego cada uno tome su rumbo.

Texto oficial

Artículo 1,849.- Cuando varios convoyes salgan al mismo tiempo de un puerto, o cuando se encuentren en la mar, navegarán juntos en la extensión que lo permitan sus respectivos destinos, si esto fuere de mayor seguridad para el mejor éxito de la empresa.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 206) ↗

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