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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
20

Artículo 20 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Escuelas Militares de Marina van a tener la gente y la forma de trabajar que digan la Ley y sus reglamentos especiales. Esto significa que el personal y cómo se organizan se decide según las reglas escritas para ellas. También se menciona el Servicio de Administración Naval, que es el área encargada de los trámites y recursos de la Marina. En pocas palabras, todo queda definido por las normas oficiales.

Texto oficial

Artículo 20.- Las Escuelas Militares de Marina tendrán el personal y organización que la Ley y sus Reglamentos especiales designen. Servicio de Administración Naval

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 6) ↗

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