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Artículo 208 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los jefes o superiores deben tratar a los marineros con respeto y buenos modales, siempre hablándoles de "usted" y llamándolos por su nombre. No deben usar apodos ni permitir que los marineros se digan groserías o bromas pesadas entre ellos. Básicamente, exige un trato formal y sin ofensas dentro de la Armada.

Texto oficial

Artículo 208.- Serán dignos y corteses con los marineros, dando a todos el tratamiento de usted; los llamarán por su nombre y nunca se valdrán de apodos ni permitirán que usen entre sí palabras inconvenientes o chanzas de mala clase. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 38 de 210

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

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