- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 214
Artículo 214 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los encargados de un rancho, según lo que digan los reglamentos, tienen que enseñarles las reglas a los que viven ahí y también a los que apenas entran al servicio, si les toca esa tarea. Si algún superior les pide que se encarguen de entrenar a otros, ellos son los responsables si esas personas no aprenden o no mejoran. En pocas palabras, quien recibe la orden de capacitar tiene que asegurarse de que los nuevos sepan cómo hacer bien su trabajo.
Texto oficial
Artículo 214.- Conforme a los Reglamentos instruirán a los individuos de su rancho y a los de nuevo ingreso al servicio, si se les comisionare para ello, siendo responsables de la falta de adelanto de los que le fueren encomendados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.