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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
251

Artículo 251 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El "Condestable de cargo" es el rango más alto o el que tiene más años de servicio entre los encargados de armas en un barco o base militar. Su trabajo es ayudar al oficial de artillería cuidando todas las armas, desde las grandes hasta las portátiles, además de las municiones y equipos de guerra. También es el responsable directo de manejar los suministros que se usan para el servicio de artillería. En pocas palabras, es quien se asegura de que todo el arsenal esté en orden y bien administrado.

Texto oficial

Artículo 251.- El Primer Condestable, el de mayor categoría, o el más antiguo en caso de igualdad de ésta, en un buque o dependencia, será designado con el título de Condestable de cargo. Como auxiliar del Oficial de artillería, tendrá a su cuidado el armamento general y el portátil, juegos de armas y cuanto corresponde a los pertrechos y municiones de guerra, quedando bajo su responsabilidad directa la administración de los artículos de consumo que se provea para el servicio de artillería.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 43) ↗

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